Nuevo Estatuto del Becario 2026: Todo lo que Debe Saber tu Empresa
Derecho Laboral
06/08/2026
El Consejo de Ministros aprobó el 3 de marzo de 2026 el Proyecto de Ley del Estatuto de las Personas en Formación Práctica no Laboral, conocido como el estatuto del becario. La norma ha sido remitida al Congreso para su tramitación parlamentaria, que se prevé complicada por la falta de apoyos suficientes. Pero su contenido ya está definido y marca una hoja de ruta que empresas y personas en prácticas no deben ignorar. Deal Tax & Legal analiza sus claves, sus implicaciones y su estado actual.
¿De dónde viene el estatuto del becario? Base legal y proceso
El impulso normativo arranca con el Real Decreto-ley 32/2021 de reforma laboral, que mandataba expresamente al Gobierno a desarrollar un marco regulatorio específico para las prácticas no laborales. El acuerdo se alcanzó con los sindicatos CCOO y UGT tras un proceso de diálogo social, pero sin el respaldo de la patronal —un dato que anticipa las dificultades de su tramitación parlamentaria y que ya explica en parte el tono de la norma, favorable a los derechos de los practicantes.
El 4 de noviembre de 2025 se aprobó el Anteproyecto, y el 3 de marzo de 2026 el Consejo de Ministros dio luz verde al Proyecto de Ley definitivo, que pasó al Congreso. A agosto de 2026, la norma está pendiente de aprobación parlamentaria. El texto, no obstante, ya es público y consultable en el Ministerio de Trabajo y Economía Social (mites.gob.es), lo que permite a las empresas prepararse con antelación.
¿Quién queda dentro y quién queda fuera de la norma?
El estatuto del becario no afecta a las prácticas curriculares integradas en un plan de estudios oficial — que tienen su propia regulación —. Su ámbito de aplicación son las prácticas extracurriculares, las más extendidas en el tejido empresarial español y las que con mayor frecuencia han derivado en situaciones de falso becario. Si tu empresa acoge estudiantes fuera del marco de un convenio universitario formal con horas curriculares obligatorias, este proyecto de ley te afecta directamente.
Los cuatro límites en el estatuto del becario. ¿Qué cambia?
1. Máximo de 480 horas de prácticas extracurriculares
Es el cambio más inmediato para muchas empresas. El estatuto del becario fija un límite de 480 horas para las prácticas extracurriculares. Muchas estructuras habituales — becarios a jornada completa durante seis meses o más — superan ese umbral y deberán rediseñarse.
2. Prohibición de sustituir puestos de trabajo reales
Las prácticas no podrán sustituir funciones propias de un trabajador por cuenta ajena. Esta prohibición no es nueva en abstracto, pero el estatuto del becario la convierte en una obligación documentalmente exigible: las empresas deberán poder acreditar, tanto en los papeles como en la práctica diaria, que la persona en prácticas está para formarse y no para cubrir una vacante encubierta.
3. Límite del 20% de la plantilla
El número total de personas en prácticas no podrá superar el 20% de la plantilla. Para despachos y empresas pequeñas que han construido su operativa con una proporción elevada de practicantes, este límite puede obligar a replantearse el modelo por completo.
4. Tutorización obligatoria con ratio máximo
Cada persona en prácticas contará con un tutor designado, con un máximo de cinco estudiantes simultáneos a cargo — o tres en el caso de empresas pequeñas —. Además, cada práctica deberá estar respaldada por un plan formativo individual, un documento que especifique qué va a aprender la persona en prácticas y cómo, con tareas directamente vinculadas a ese itinerario.
Los derechos que el estatuto del becario reconoce a las personas en prácticas
El estatuto del becario reconoce un conjunto de derechos que hasta ahora dependían exclusivamente de la buena voluntad de cada empresa. Las organizaciones quedarán obligadas a reembolsar los gastos directamente vinculados a las prácticas: desplazamientos, alojamiento, manutención. Esta compensación de gastos es uno de los derechos más ignorados en la práctica actual y uno de los que más impacto económico tendrá para las empresas que no lo aplican hoy.
Adicionalmente, las personas en prácticas tendrán derecho al descanso, al acceso a los servicios del centro de trabajo y a la protección frente a la violencia y el acoso en las mismas condiciones que el resto de la plantilla. La empresa además deberá informar por escrito a la representación legal de los trabajadores del número de becarios acogidos y de sus condiciones.
Errores frecuentes que pueden cometer las empresas
Entre los errores más habituales que cometen las empresas al contratar a un becario destacan:
- Utilizar un becario para cubrir una vacante.
- Superar el límite de horas permitido.
- No designar un tutor.
- No disponer de un plan formativo.
- Encadenar prácticas sin finalidad formativa.
- No conservar la documentación necesaria.
Estos errores pueden dar lugar a actuaciones de la Inspección de Trabajo y a sanciones si finalmente la regulación entra en vigor en los términos actualmente previstos.
El régimen sancionador: hasta 225.000 euros de multa
Este es el elemento que convierte el estatuto del becario en algo más que una declaración de intenciones. El régimen sancionador contempla multas de hasta 225.018 euros en infracciones muy graves en grado máximo. En grado mínimo, las sanciones oscilan entre 7.501 y 30.000 euros; en grado medio, entre 30.001 y 120.005 euros. La Inspección de Trabajo tendrá acceso a toda la documentación relacionada con las prácticas para verificar que la realidad se corresponde con lo que los papeles reflejan.
A esto se suma el Buzón de Denuncias del Injuve, lanzado por el Ministerio de Juventud e Infancia, que permite a becarios y exbecarios reportar irregularidades de forma anónima: tareas no relacionadas con los estudios, falta de supervisión, jornadas excesivas o sustitución encubierta de trabajadores. La combinación de un canal de denuncia activo con una Inspección de Trabajo con poderes reforzados cambia de forma significativa el nivel de riesgo del incumplimiento.
Lo que las empresas deben saber ya
Con independencia del resultado y del calendario parlamentario, la dirección regulatoria es clara. Las empresas que utilizan prácticas extracurriculares deben hacer ahora mismo cuatro cosas:
Revisar la documentación: Cada práctica debe estar respaldada por un acuerdo escrito con un plan formativo individual, tutores designados y condiciones claramente definidas. La improvisación en este ámbito deja de ser una opción viable.
Auditar la duración: Identificar si alguna práctica actual supera o va a superar las 480 horas y rediseñar esas estructuras antes de que la norma entre en vigor.
Revisar el peso de los practicantes en el organigrama: Si la proporción de personas en prácticas se acerca o supera el 20% de la plantilla, habrá que valorar qué posiciones deben convertirse en contratos laborales.
Analizar si algún puesto cubierto con prácticas debería ser un puesto real: La prohibición de sustitución de puestos obliga a revisar organigramas y a identificar con honestidad si alguna persona en prácticas está cubriendo funciones que corresponderían a un trabajador por cuenta ajena.
Desde Deal Tax & Legal ofrecemos asesoramiento integral para que las empresas revisen y adapten sus estructuras de prácticas extracurriculares a la luz del Proyecto de Ley, con un enfoque preventivo que minimiza el riesgo sancionador. Si necesitas asesoramiento integral o tienes dudas, te ayudamos y hacemos una valoración sin compromiso.
